Abierto hoy el nuevo plazo de 10 días para presentar solicitudes de ayuda para empresas y autónomos con cargo a los decretos 15/2020 y 1/2021

Coordinadora Empresarial de Almendralejo

Abierto hoy el nuevo plazo de 10 días para presentar solicitudes de ayuda para empresas y autónomos con cargo a los decretos 15/2020 y 1/2021

Estimada/o empresaria/o: 


Te informamos que el Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el DOE el 8 de Marzo de 2021, acuerda en su disposición adicional segunda la exoneración de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y la Hacienda Autonómica, así como la amplia­ción del plazo de solicitudes para determinadas subvenciones. 

En concreto, esta exoneración alcanza a las ayudas recogida en el programa aprobado para otorgar a las empresas y autónomos afectados por la COVID 19, del Capítulo I del Decreto Ley 15/2020 de 29 de diciembre, sobre reactivación empresarial, que prevé ayudas financieras a autónomos y empresas de Extremadura (Recordamos que debían tener una plantilla equivalente de tres trabajadores asalariados a jornada completa).

Igualmente, la exoneración de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y la Hacienda autonómica alcanza al programa de ayudas para la recuperación de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores afectados por la Covid-19, aprobado por el Decreto-ley 1/2021, de 13 de enero. (Recordamos que las pymes, como regla general, debían acreditar haber sufrido en el año 2020 una disminución de, al menos, un 20% en el volumen de operaciones de la empresa declarado en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en comparación con la base imponible de igual período del año 2019).

A partir de hoy, 10 de marzo, se inicia un nuevo plazo de presentación de solicitudes, durante diez días naturales respecto de los dos tipos de ayudas referidas, y que se presentarán cumplimentando el anexo I y II del Decreto ley 3/2021 de 3 de Marzo, que recogen cada tipo de ayuda según el Decreto de aplicación mencionados.

Disponibles en la sede electrónica https://sede.gobex.es/SEDE/

No obstante, conservarán plena validez las solicitudes presentadas dentro del plazo esta­blecido originariamente en cada uno de los decretos-leyes a los que se refiere la presente disposición, aplicándoles las mismas exoneraciones que ahora se aprueban con la publicación de este Decreto Ley. 


Desde la CREEX mostramos nuestra satisfacción porque se plasme en el DOE la propuesta de esta Confederación en la que se plasmaba que la exclusión de empresas y autónomos por tener deudas con la Administración era injusta, toda vez que esas deudas estaban provocadas por la caída de ingresos derivada de las restricciones sanitarias a la actividad, a las que los empresarios eran ajenos pero sufrían de manera importante las consecuencias. 


Con este motivo, y esperando que la información resulte de tu interés, recibe un afectuoso saludo